El pasado jueves en Legislatura del Chubut se votó el rechazo al Proyecto de Ley N° 129 de Iniciativa Popular, ya que éste obtuvo dictamen negativo en la Comisión de Recursos Naturales y Medio Ambiente. Los diputados involucrados en el resultado, explicaron que no se votó por la zonificación minera ya que ese es el Proyecto de Ley 128, que es un proyecto diferente, además de estar vigente la Ley 5001.
En ese contexto, los Diputados Mariela Williams, Miguel Antín, Gabriela De Lucía y Xenia Gabella, ante las versiones surgidas últimamente al respecto de esto, pidieron “esclarecer los hechos reales ante la sociedad, y dejar de tergiversar la realidad”.
Los legisladores sostienen que “para este rechazo se tuvo en cuenta que este Proyecto de Iniciativa popular va en contra de la Constitución y del Código Minero, leyes (y código) de mayor jerarquía que las leyes provinciales que se sancionan en la Legislatura”.
Admiten además que “la IP viola la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, la Ley Provincial 5001 que obliga a la zonificación, la Ley Nacional de Ambiente y el Código de Minería”.
El artículo 102° de la Constitución Provincial de Chubut establece: “El Estado promueve la exploración y aprovechamiento de los recursos minerales, incluidos los hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos y minerales nucleares, existentes en su territorio, ejerciendo su fiscalización y percibiendo el canon y regalías correspondientes. Promueve, asimismo, la industrialización en su lugar de origen.”
Para los Diputados, además se viola el artículo 17° de la Constitución de la Provincia que establece: “En ningún caso el Gobierno de la Provincia puede suspender la observancia de esta Constitución ni de la Nación, ni la vigencia efectiva de las garantías y derechos establecidos en ambas”.
Y el mismo proyecto de Ley de Iniciativa Popular, entre otras consideraciones realizadas por los Diputados, “violenta el artículo 2° de la Ley XII N° 5, que establece claramente que no pueden ser objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional. El artículo 9° de la Ley XII N° 5 expresa claramente que el rechazo o sanción con modificaciones del proyecto de ley no permitirá recurso alguno».
Por último, explicaron que también viola el artículo 41° de la Constitución Nacional y el artículo 109° de la Constitución de la Provincia del Chubut. Además «el proyecto de Iniciativa Popular que lleva la firma de 30.000 (de los más de 500.000) habitantes de la provincia, limita el operar de determinadas empresas e industrias al prohibir el uso de determinados químicos y/o sustancias que usan en la actualidad, por ejemplo las industrias dedicadas a la pesca, petróleo, aluminio, pórfidos, por nombrar algunas. Por esta situación aprobamos el rechazo al Proyecto De Ley 129 de Iniciativa Popular”, explicaron.